El veredicto se dio en el marco del juicio contra Roberto Jorge Benzrihen (48) por el homicidio de Graciana Creatura (73) • El hecho ocurrió el 16 de mayo de 2007 en la localidad de Mercedes.
En la jornada del 9 de noviembre del corriente se dio a conocer en el Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 del Departamento Judicial Mercedes, el veredicto en el marco del juicio contra Roberto Jorge Benzrihen (48) por el homicidio de Graciana Creatura (73). El hecho ocurrió el 16 de mayo de 2007 en la localidad de Mercedes.
La imputación sostenida por la fiscal de la Unidad Fiscal de Juicio N° 4, Dr. Guillermo Lennard fue legal y debidamente fundada. Todo ello sobre la base del análisis de la prueba testimonial así como de aspectos técnicos ventilados en las jornadas del debate oral.
Para el Tribunal, compuesto por los drs. Jorge Pablo Vieiro, Luis Marcelo Giacoia – juez titular del Juzgado de Garantías del Joven 1 Departamental- y Daniel Eugenio Machain se encuentra debidamente probado que entre las 8.30 y las 12.00 horas del 16 de mayo de 2007, Roberto Benzrihen ingresó con fines de robo a la vivienda de la calle 5 entre 16 y 18 de Mercedes. Aprovechándose de la avanzada edad y/o del descuido de la moradora del lugar, Graciana Creature -quien residía sola en el domicilio- la redujo en la cama de la habitación principal atándole sus manos por detrás del cuerpo con precintos plásticos y cubriéndole completamente el rostro con cinta de embalar -inclusive los orificios de la nariz y la boca- para acallar el pedido de auxilio de la mujer y evitar que la nombrada eventualmente pueda atestiguar en su contra, llevando ello inevitablemente, luego de un período de agonía, a su fallecimiento por un paro cardiorrespiratorio traumático secundario a una asfixia por sofocación.
Mientras esto sucedía, Benzrihen sustrajo un revólver calibre 38 corto, una pulsera – reloj de oro y dinero en efectivo, para finalmente retirarse del lugar.
Vale destacar que al momento de cometer el homicidio, Benzrihen se encontraba bajo arresto domiciliario pero por un desperfecto técnico el equipo de seguimiento no funcionaba y hubo demoras en su reposición. En tanto, con el arma sustraída en la casa de la vecina Creatura, el sujeto cometió otros hechos de robo con similar modalidad y en el mismo radio de dicho domicilio. El arma utilizada fue recuperada en un allanamiento en el año 2015 por hechos de robo cometidos posteriormente, y más tarde reconocida por los familiares de la víctima.
Además, en la ocasión también fue juzgado por un hecho ocurrido durante los años 2009 y 2011, por el abuso sexual de una menor de por entonces 11 años; y por un caso de violencia de género contra su ex pareja en el año 2019.
Para arribar a dicha resolución se basó en el análisis de los diversos elementos que se adjuntaron a la causa, los cuales se ventilaron durante varias jornadas iniciadas el 24 de octubre último.
Es así como el Tribunal, por unanimidad, condenó a Roberto Benzrihen como autor material penalmente responsable del delito de “ Homicidio agravado por criminis causa en concurso real con Abuso sexual agravado por haber sido cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo -reiterado- y Amenazas calificadas por el uso de arma” a la pena de prisión perpetua, accesorias legales y costas del proceso, más su declaración de reincidencia.
Respecto del caso
El 30 de octubre de 2023, en el Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Mercedes se realizó un juicio abreviado contra Luciana Aranda (34) quien llegó imputada del delito de “Falso testimonio” en el marco de lo que fue la primera investigación por el homicidio de Graciana Creatura.
La Fiscalía calificó el hecho intimado a Aranda como “Falso testimonio agravado por cometerse en el marco de una causa penal y en perjuicio de los imputados”. Vale recordar que en su momento dos personas fueron a juicio oral. El mismo se desarrolló en el año 2010 en el Tribunal en lo Criminal N° 3 Departamental, y en pleno debate se desistió de la acusación – y finalmente resultaron absueltos – ante la falta de pruebas en su contra, principalmente dos testimonios que se dieron en calidad de identidad reservada en su momento y que al hacerse presentes en el debate manifestaron desconocer la situación. En ese momento se solicitó investigar el falso testimonio de estas dos personas, entre ellas Aranda.
Es así como, tras valorar la prueba aportada, el Tribunal resolvió condenar a Aranda a la pena de un año de prisión en suspenso, inhabilitación absoluta por el término de dos años, reglas de conducta por el término de dos años y costas del proceso en calidad de autora del delito de “Falso testimonio agravado por cometerse en el marco de una causa penal y en perjuicio de los imputados”.
En tanto, el 4 de octubre del corriente se declaró extinguida la acción penal respecto de otra imputada en el marco de esta investigación por falso testimonio, dado su fallecimiento y consecuentemente se dictó su sobreseimiento.